Preguntas frecuentes
¿Qué es el ROLECE y por qué le importa a una empresa de transporte?
Es el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (hoy ROLECSP). Inscribirse acredita ante cualquier órgano de contratación la personalidad, la representación, las habilitaciones profesionales, la solvencia económica y la clasificación (LCSP art. 96.1), y evita aportar esos documentos en cada licitación (LCSP art. 140.3). En el procedimiento abierto simplificado, el más usado para contratos de transporte escolar, sanitario o de viajeros de importe medio, hay que estar inscrito al cerrar el plazo de ofertas (LCSP art. 159.4.a).
¿Es obligatorio? ¿Cuánto cuesta?
La inscripción es voluntaria (salvo clasificación y prohibiciones, que se inscriben de oficio) y gratuita. Lo que exige es tiempo y precisión: documentos fehacientes, datos literales y mantenimiento.
¿Vale un DNI o una escritura escaneada y firmada por el administrador?
No. Por vía web solo se admiten documentos firmados electrónicamente por quien los expide (notario, registrador, aseguradora, Administración) o con código seguro de verificación. Un escaneo firmado por el solicitante se rechaza. La alternativa es presentar el original o una copia autenticada en una oficina de registro (ORVE), en una Delegación de Hacienda o por correo, junto con una copia del acuse de recibo de la solicitud (Manual ROLECSP 8.1 y 8.5).
¿Cuánto tarda?
El plazo máximo es de tres meses desde la solicitud o desde que se completan los requisitos; si no hay resolución, puede entenderse denegada por silencio (RD 817/2009 art. 17.7). Los requerimientos de subsanación suspenden el plazo. Para una sociedad mercantil existe la solicitud simplificada: con el NIF, la provincia y los correos, el Registro Mercantil envía la nota registral y quedan inscritos la entidad, el domicilio, el órgano de administración y el objeto social.
¿Puedo licitar mientras se tramita?
En el abierto simplificado, sí: si la solicitud es anterior al fin del plazo de ofertas y se aportó la documentación preceptiva, basta el acuse de recibo y una declaración responsable de haber aportado la documentación y no haber recibido requerimiento de subsanación (LCSP art. 159.4.a). La herramienta genera esa declaración.
¿Qué pasa si cambia un administrador, un poder o el domicilio?
Hay que comunicarlo al Registro. La ley no fija un plazo en días, pero la omisión con dolo, culpa o negligencia puede suspender la inscripción y es causa de prohibición de contratar (LCSP arts. 343.1 y 71.1.e). Por eso detectamos las variaciones automáticamente.
¿Las autorizaciones de transporte se inscriben?
Sí, en el apartado de autorizaciones y habilitaciones profesionales, con la descripción literal del título, su origen normativo, el órgano emisor y las fechas. Se acreditan con el documento original o copia autorizada (RD 817/2009 art. 17.5). Cualquiera puede comprobar que están en vigor en la consulta pública del REAT.
¿Para qué sirve la clasificación en el Grupo R?
En servicios no es exigible, pero acredita por sí sola la solvencia económica y técnica para contratos de su subgrupo y categoría (RGLCAP art. 46). Solo existen subgrupos para viajeros por carretera (R-1: taxi, servicios especiales y transporte no regular), ambulancias (R-2), recogida y transporte de residuos (R-5), servicios aéreos (R-6) y mensajería (R-9). El transporte de mercancías no tiene subgrupo.
¿Hacéis vosotros la inscripción con mi certificado?
No. La solicitud la firma la empresa (administrador o apoderado) con su certificado electrónico y Autofirma. Nosotros dejamos todo preparado, transcrito al formato de la plataforma, con los documentos y sus carátulas, y después vigilamos el expediente.
¿Y si mi domicilio social está en Asturias, Baleares, La Rioja, Castilla-La Mancha, Canarias, Cantabria, Extremadura o Murcia?
Esas Comunidades tramitan la inscripción en el ROLECSP por convenio: la solicitud se dirige a su órgano competente y tiene los mismos efectos frente a todos los órganos de contratación (LCSP art. 340). La herramienta asigna la autoridad según el domicilio social.